viernes, 11 de enero de 2013

El dinero en efectivo


Los billetes y monedas en euros son hoy en día los únicos medios de pago de curso legal en España y en los países de la denominada “zona euro” (conjunto de países que han adoptado el euro como
moneda oficial) de la Unión Europea.


Por lo tanto, ningún establecimiento comercial, banco, administración u otro acreedor de estos países puede oponerse al pago en efectivo en esta moneda, aunque sí podría rechazar otros medios de pago, como cheques y tarjetas. Además, todo acreedor puede exigir el pago en efectivo.

No obstante, cada país puede establecer límites y condiciones a esta regla.
Hay que matizar que los billetes deberemos utilizarlos de acuerdo con el importe del bien o servicio a pagar.
Es decir, un comercio podría negarse a aceptarnos un billete de denominación alta (por ejemplo, 500 euros) como pago de un importe muy inferior (10 euros). Además, un acreedor no tiene por qué
aceptarnos más de 50 monedas para un mismo pago si no lo desea. También nos pueden rehusar
billetes dudosos o en mal estado.

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